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Los residentes de la UE y otros doce países podrán votar en las municipales

Los ciudadanos de la Unión Europea con residencia legal en España y extranjeros de otros doce países que tienen acuerdos que reconocen el derecho al sufragio activo en nuestro país podrán votar en las elecciones municipales del próximo 24 mayo de 2015.

Para ello, deberán inscribirse en el censo electoral vigente para esas elecciones, que es el que se formará con las inscripciones en los padrones municipales a 30 de diciembre de 2014, a las que se suman las de los extranjeros de países con acuerdos sobre el derecho al voto.

Según informa el Instituto Nacional de Estadística, además de los ciudadanos de la UE que residan legalmente en nuestro país, podrán votar en los comicios locales los residentes de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago.
Los ciudadanos de la Unión Europea residentes en España deben cumplimentar una declaración formal en la que manifiesten su voluntad de ejercer el derecho al voto en España en estas elecciones municipales, documento que deben presentar antes del próximo 30 de diciembre en los ayuntamientos si quieren votar en mayo de 2015.

Por su parte, los nacionales con convenios en vigor que reconocen el derecho al sufragio deben pedir la inscripción en el censo electoral del ayuntamiento en el que estén empadronados y, además, tener autorización para residir en España y haberlo hecho durante los cinco años anteriores a su solicitud de inscripción.

Cumplido ese trámite, podrán ejercer el voto en el municipio de su residencia habitual, en cuyo padrón deben figurar inscritos.

En el caso de los noruegos las condiciones son tener permiso de residencia y haber residido en España legal e ininterrumpidamente durante más de tres años y estar domiciliados en el municipio en que les corresponda votar e inscritos en su padrón municipal.

Las solicitudes de inscripción en el censo electoral para las elecciones municipales de 2015 se podrán realizar desde el 1 de diciembre próximo hasta el 15 de enero de 2015.

Además de poder presentar las solicitudes en los ayuntamientos, la oficina del censo electoral tiene previsto remitir a finales de noviembre una comunicación por correo a los ciudadanos nacionales de estos países con las condiciones de los acuerdos en vigor y los datos de su empadronamiento. En estos casos, las solicitudes podrán realizarse por internet o correo postal en los plazos establecidos.

(EFE, Yahoo! Noticias)