El auto acepta así el cálculo realizado por el Banco de España para abonar "el importe de los saldos de los acreedores de los clientes de Gescartera, pero no en la totalidad, sino en lo ilegítimamente distraído del total de los recursos gestionados por Caja Madrid Bolsa para Gescartera durante el tiempo en que la primera operó como despositaria".
El tribunal también obliga a la entidad financiera a satisfacer los intereses legales devengados desde el 14 de junio de 2001, fecha de la intervención de Gescartera, y los intereses previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la primera sentencia dictada el 25 de marzo de 2008 hasta la fecha de su efectivo abono.
La sala acuerda, asimismo, que dicha cantidad ha de ser consignada por Caja Madrid Bolsa más el 30% de lo reclamado, calculado para satisfacer los intereses moratorios y procesales vencidos en el plazo de ocho días, con apercibimiento de embargo si no se efectúa. Fuentes de la defensa de la entidad explicaron a Europa Press que esta cifra alcanzará los 15,89 millones de euros.
Una vez producido el ingreso, precisa la Audiencia Nacional, se procederá al reparto de la cantidad resultante entre todos los acreedores perjudicados en proporción al perjuicio fijado en la sentencia.
Gescartera suscribió un contrato de subcustodia de valores con Caja Madrid Bolsa el 10 de noviembre de 1999, que rigió sus relaciones hasta la intervención por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) el 14 de abril de 2001.
El Fondo General de Garantía de Inversiones (Fogain) era el primer acreedor en la lista de pagos por las indemnizaciones que adelantó a los afectados por el fraude y que alcanzan un total de 25,4 millones de euros, según el auto.
- El Fogain no es acreedor privilegiado.
Sin embargo, la Audiencia Nacional concluye que el Fogain no es un acreedor "privilegiado" y "habrá de someterse a las mismas reglas de solidaridad, ponderación y proporcionalidad en el cobro de los adeudado que el resto de los perjudicados".
Este auto supone la ejecución de la responsabilidad civil de Caja Madrid Bolsa fijada en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 13 de octubre de 2009, después de ratificar la condena impuesta a los acusados.
El 27 de marzo de 2008, el Supremo ratificó la condena impuesta al propietario de la agencia de valores y a otras ocho personas. La sentencia declaró a 'la Caixa' y Caja Madrid Bolsa responsables civiles subsidiarios del fraude, que alcanzó los 87,9 millones de euros.
El 13 de octubre de 2009, el Supremo revisó esta sentencia anterior absolviendo a 'la Caixa' y rebajó la responsabilidad de la entidad madrileña, ya que iba a ser condenada a abonar al total del dinero defraudado.
La intervención de Gescartera por parte de la CNMV tuvo lugar en junio de 2001, ante sospechas de malas prácticas y ausencia de información real sobre su situación. El escándalo alcanzó al entonces secretario de Estado de Hacienda bajo el Gobierno del Partido Popular y hermano de la presidenta de Gescartera, Enrique Giménez Reyna, así como a la entonces presidenta de la CNMV, Pilar Valiente: ambos dimitieron.
Europa Press