La UE ha vuelto su mirada hacia las estructuras fiscales, de la que son titulares los estados salvo en el caso de Hego Euskal Herria, donde estamos ante la ocasión y la responsabilidad de actualizar y utilizar dichos derechos históricos.
Si algún Derecho Histórico merece con propiedad tal nombre y ha sido mantenido sin solución de continuidad en los territorios de Euskal Herria, son precisamente el derecho y las competencias en materia fiscal. La competencia y el derecho histórico fiscal de los territorios de Euskal Herria es anterior al Estatuto de Gernika y al Amejoramiento de Navarra. Estas competencias y derechos fiscales se adecuan y actualizan periódicamente por el Convenio de Navarra y el Concierto de la CAV-EAE, pero no surgen ni tienen su origen en ellos, sino que son anteriores. Son de siempre.
Las competencias y el derecho fiscal de los territorios vasco-navarros no solo no dimanan de las dos referidas normas autonómicas estatutarias, sino que estos dos deficientes -y ahora obsoletos- textos autonómicos los recogieron solamente con referencias de marginalidad y sin solucionar ni abordar los problemas jurídicos y políticos de su encaje en la pirámide legal constitucional, de la que por su condición de pre-constitucionalidad son extrañas. Así, por ejemplo, no se halla definida en ninguna norma la forma, la autoridad o el órgano que puede y debe efectuar la promulgación de los convenios y conciertos fiscales; son algo extraño y no calificable en el modo de regular desde un punto de vista teórico normativo. Además, la política de café para todos que desarrolló el centralismo para frenar y diluir al nacionalismo también descentralizó competencias fiscales.
La Unión Europea ha vuelto su mirada hacia las estructuras fiscales de los diferentes estados que la componen. Son los estados los titulares de la competencias fiscales en Europa en todos los casos, salvo en el caso de Hego Euskal Herria, es decir, en el caso de los cuatro territorios históricos de Nafarroa, Gipuzkoa, Bizkaia y Araba. Este hecho es indiscutible y se pone de manifiesto en muchos aspectos, siendo los más expresivos todas las resoluciones, tanto ejecutivas como judiciales en que se califica a los medios fiscales vasco-navarros de fomento económico como "ayudas de estado".
Más aún, la Unión Europea ha consolidado su doctrina de control y competencia de la fiscalidad emanada de los órganos y entidades autonómicas de Hego Euskal Herria, equiparándolas en los aspectos de contenido a competencias estatales. Así, resultan paradigmáticas a este respecto las varias resoluciones tanto del Consejo Europeo, como del Tribunal de Luxemburgo e incluso de diferentes comisarias y comisarios europeos, que han considerado sistemáticamente las ayudas fiscales de los territorios vascos a diferentes fomentos o promociones como "ayudas de estado" y, precisamente, por su condición de tal, las han anulado y penalizado.
Sin embargo, tanto procedimentalmente en el ámbito administrativo como en las diferentes estructuras judiciales, los territorios y las instituciones vascas no se han considerado legitimadas para su personación directa, habiendo debido ser representadas por el Estado. Así, no han estado presentes en el Ecofín, ni tampoco se han podido defender directamente ante los tribunales europeos. Ello constituye una grave contradicción pues generalmente los temas a dilucidar dimanan o son reflejo de contradicciones intra-estatales. Así, por ejemplo, si el Gobierno de La Rioja o el de Cantabria interponen un recurso antes instancias europeas diciendo defender las competencias fiscales estatales, ¿cómo sostener que el Estado vaya a defender los intereses de las haciendas vascas?
El Ecofín es, por su lado, la institución europea prefigurada para la "armonización fiscal", es decir, para la coordinación y equilibrio en materia fiscal y económica. Actualmente, tanto como consecuencia general de la crisis, como más específicamente de la difícil situación de las haciendas públicas, las políticas fiscales están adquiriendo una importancia central en la configuración institucional europea. La progresiva anulación de las limitaciones de mercados, así como la unidad monetaria que se está fraguando, hacen preciso abordar la obligan de la armonización fiscal. Pues bien, en materia de armonización fiscal están legitimadas y deben ser tomadas en consideración todas aquellas entidades con "competencias de estado" en la materia; es decir, todos los estados de la Unión Europea, además de los territorios de la antigua Vasconia o Reino de Navarra.
La situación de crisis es tan profunda, la problemática humana, familiar y de la pobreza empieza a ser tan alarmante, que la importancia de la política fiscal está siendo tomada en consideración. Efectivamente, solo una política fiscal con visión de justicia redistributiva puede garantizar un nivel digno de los servicios públicos y una solidaridad, que trascienda los límites egoístas y anticuados de la capacidad económica individual.
Los cuatro territorios vascos, con competencias originarias en materia fiscal a título de Derechos Históricos, tienen ante sí no solo la ocasión sino también la responsabilidad de actualizar democráticamente tales derechos históricos y también de utilizarlos en sentido progresista y no solo mirando hacia dentro de casa, sino pensando también en toda la sociedad europea y la solidaridad internacional.
La condición ineludible para poder lograr algún avance en esta materia es la actuación conjunta. Navarra y la Comunidad Autónoma Vasca, cada una por su lado, están condenadas al fracaso, tal como lo demuestra la experiencia y los ejemplos concretos de la mismas vacaciones fiscales. En cambio, el peso económico e innovador de la EAE unido al peso emblemático y simbólico de Navarra podrían constituir una referencia de progreso y de solidaridad en el Ecofin.
Otra cosa es el aspecto funcional, es decir, el cómo de tal pretensión. Así, por ejemplo, el Parlamento de Navarra ya se ha pronunciado por unanimidad en más de una ocasión y a propuesta de muy diferentes fuerzas políticas para instar su presencia en el Ecofin; la última vez hace ahora aproximadamente un año. Pero los pronunciamientos en solitario están irremisiblemente condenados al fracaso. Sin embargo, ¿consideraría alguien imposible o improbable que una doble petición NFK-EAE pudiese ser atendida en Europa u obstruida en Madrid? ¿No constituiría tal obstrucción política un argumento más de la necesidad e irreversibilidad independentista?
Tenemos la convicción de que una iniciativa conjunta sería en este caso funcional y positiva. Las y los más perjudicados por la crisis nos lo agradecerían.
Deia