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¿Podrá Artur Mas mantener las prerrogativas de expresident si es inhabilitado?

¿Podrá Artur Mas seguir cobrando el sueldo de expresident si el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya le inhabilita por el caso del 9N? La decisión quedará en manos del Parlament. El artículo 8 del Estatut d’expresidents de la Generalitat establece que cuando un expresident pierda la honorabilidad o sea condenado por “sentencia penal firme”, la Cámara puede retirarle sus “derechos y prerrogativas” si logra el acuerdo de “dos terceras partes de sus miembros”.

Esa misma ley, que fue dictada en 2003 cuando Jordi Pujol dejó la presidencia de la Generalitat, dispone que los antiguos presidentes de Catalunya tienen derecho a cobrar el 80% de su sueldo durante cuatro años tras dejar el cargo. También les otorga una pensión vitalicia equivalente al 60% de su salario a partir del momento en que cumplan los 65 años. Además, les da derecho a utilizar una oficina para desempeñar sus tareas de ex mandatario.

- La renuncia de Jordi Pujol.

Mas, que dejó de ser presidente en diciembre de 2015 percibiendo un sueldo de 145.000 euros brutos anuales, tiene derecho a recibir un salario de 116.000 euros hasta 2019. Luego, en enero de 2021, cuando cumpla 65 años, podrá cobrar una pensión vitalicia de 87.000 euros. Además, el ex presidente dispone de una oficina situada en el céntrico Palau Robert de Barcelona.
Pero todos eso privilegios podrían esfumarse si el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya falla en su contra por el caso 9N. El fiscal acusa a Mas de los delitos de desobediencia grave y prevaricación administrativa por haber organizado la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014 pese a que el Tribunal Constitucional la había prohibido. El Ministerio Público pide para el expresident una pena de inhabilitación de diez años para ejercicio de cargo público o funciones de gobierno.

El estatuto de los ex presidentes no preveía qué podía pasar si un ex mandatario de la Generalitat dejaba de ser honorable hasta 2015, cuando fue modificado y se introdujo ese artículo 8. La reforma, que se produjo a instancia de ICV, estuvo motivada por el caso de Jordi Pujol. En julio de 2014, Pujol confesó que tenía una fortuna en paraísos fiscales.Tras pactarlo con su partido, CDC, el ex presidente renunció a su pensión vitalicia, a su oficina de Paseo de Gracia y al uso de coche oficial con chófer.

- Sin precedentes.

Esa reforma dejará ahora en manos del Parlament la decisión de si Mas puede seguir ejerciendo como ex presidente o no. Si Mas es inhabilitado y algún grupo de la Cámara lo solicita, el pleno votará a favor o en contra de que el ex presidente mantenga sus prebendas. Es poco probable que una petición de estas características prospere, pues Junts pel Sí se manifestaría en contra de perjudicar a Mas, a quien ha dado apoyo a lo largo del juicio sobre el 9N. Además, otros grupos podrían sumarse a la defensa de Mas, por lo que esa solicitud no lograría el quórum requerido de los dos tercios de la Cámara.

Pero, ¿incurriría el Parlament en desobediencia si mantiene las prerrogativas de Mas? ¿Podrían los Tribunales obligarle a dejar el cargo de ex presidente y despojarle de su retribución? Los expertos no pueden dar una respuesta contundente, porque “no hay precedentes”, ya que son pocas las comunidades que pagan un salario a sus ex presidentes y dado que, de momento, ningún ex dirigente autonómico ha sido condenado por sentencia penal firme.

“No hay precedente de algo así. Si el cargo de ex presidente se equiparase al de funcionario público, entonces sí dejaría de percibir el sueldo”, explica el penalista José María Fuster Fabra. El abogado recuerda el caso del ex general Galindo, quien, al ser condenado perdió la condición de militar y su salario, pero pudo conservar unos pequeños ingresos gracias a unas medallas que le había concedido la Guardia Civil, que estaban pensionadas y que el Tribunal no le retiró.

Otro penalista, Miguel Capuz, coincide en que es muy difícil hacer un diagnostico en un caso como éste que carece de precedentes. Capuz cree que la Justicia no podrá embargar el sueldo de Mas, porque en su caso no se ha solicitado responsabilidad civil. Otra cosa es que sus tareas como ex presidente se consideren ejercicio de cargo público, en ese caso, la inhabilitación también se extendería a esa actividad y Mas debería dejarla y, en consecuencia, perdería sus emolumentos.

(Leonor Mayor Ortega, La Vanguardia)